Alumno: Rubén Valencia Pedraza
Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo
Universidad DUCENS.
Normatividad en materia de Ergonomía
Ensayo sobre la
normatividad mexicana.
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con Laurin W. y Vedder J. las ventajas de
la ergonomía pueden reflejarse de muchas formas distintas: en la productividad
y en la calidad, en la seguridad y la salud, en la fiabilidad, en la
satisfacción con el trabajo y en el desarrollo personal.
La gestión de los riesgos ergonómicos en el trabajo
ha cobrado gran relevancia desde hace varios años. De acuerdo con una
publicación de la Universidad de Atacama la ergonomía es reconocida como una
disciplina reciente, ya que sus inicios formalmente datan del año 1949 cuando se
crea la primera sociedad de conocimiento denominada “Ergonomics Research
Society” en Gran Bretaña.
A partir de este evento y hasta la actualidad el desarrollo
de la Ergonomía y su vinculación con las ciencias de la salud ha ido creciendo,
por otro lado, el estudio de la relación
entre los factores de riesgo ergonómicos y las lesiones musculoesqueléticas de
origen laboral han obligado a los países a promulgar legislaciones y guías para
la gestión de los factores de riesgo ergonómicos en el trabajo que obligan a
las empresas de todos los sectores para ofrecer entornos de trabajo seguros y
establecer medidas de control para la gestión de estos.
En México la gestión de los riesgos ergonómicos es
más reciente, de acuerdo con un artículo de Mujica I 2019 en el año 1979, se
lleva a cabo la primera reunión nacional de Ergonomía en la cual se consolidó
la Asociación Mexicana de Ergonomía. Los primeros cursos del que se tiene datos
fueron los impartidos en la UNAM en Diseño Industrial y en la Universidad
Iberoamericana de la Ciudad de México.
En el presente ensayo centraremos la atención en las
legislaciones que existen para ergonomía a nivel nacional en México, tomemos en
cuenta que aún existen lagunas en las legislaciones respecto a la gestión de
los riesgos ergonómicos, por lo que nos auxiliaremos de bibliografía
internacional para brindar más información sobre la implementación de las
medidas de control en el trabajo.
Para el presente documento se ha revisado la normatividad
mexicana y bibliografía técnica internacional, específicamente la Enciclopedia
OIT, con el objetivo de dar énfasis a las tendencias internacionales del
estudio ergonómico y como se alinea la normatividad mexicana con estas.
DESARROLLO.
De acuerdo con la enciclopedia de
OIT, el objetivo primordial de la ergonomía es garantizar que el entorno de
trabajo esté en armonía con las actividades que realiza el trabajador. Por ello
en ergonomía debemos considerar todo el ambiente laboral y no solo la estación
de trabajo, poniendo esto en perspectiva, de acuerdo con la experiencia propia
en la gestión de riesgos en el trabajo, anteriormente la ergonomía aplicada se
limitaba a la evaluación de las fuerzas y la biomecánica y la repetitividad.
Actualmente
el estudio de la ergonomía va más allá de solo el estudio de la adaptabilidad
de las actividades a los trabajadores, es decir, se consideran otros factores
ambientales, por ejemplo, la iluminación, el ruido, los
espacios, el entorno social organizativo, la distribución de actividades y la
estación de trabajo. De acuerdo con Bajaña et al 2021: La
ergonomía geométrica se centra en la relación entre el hombre y las
condiciones métricas de su puesto de trabajo, en México podemos observar la
tendencia hacia esta corriente ya que habitualmente los sistemas de gestión de
SST se desarrollan después de la puesta en marcha de la operación, falta mucho
por hacer para que los empleadores implementen más ergonomía ambiental y se actúe
más de forma preventiva que correctiva.
Por otro lado, la legislación
sobre los riesgos ergonómicos en México se encuentra aún en desarrollo, si
bien, desde hace décadas las asociaciones de ergonomía y la investigación sobre
estos riesgos ha ido creciendo, legalmente aún quedan muchos huecos por cubrir,
generalmente los profesionales que nos dedicamos a la gestión de los riesgos
laborales, consultamos bibliografía internacional para lograr establecer
medidas de control más efectivas para la prevención de las lesiones
osteomusculares en el trabajo originadas por estos factores.
Por otro
lado, se debe tomar en cuenta que las normas oficiales mexicanas no funcionan
de forma aislada por ello, debemos auxiliarnos del resto del marco legislativo,
este nos servirá en gran medida para desarrollar la ergonomía ambiental, podemos
servirnos de estas para la implementación de medidas de control más enfocadas
en la ergonomía ambiental.
Entre las normas que describen las
condiciones de ambiente laboral en el trabajo tenemos, la NOM 011 STPS 2001 Condiciones
de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido, ORMA Oficial Mexicana NOM-025-STPS-2008,
Condiciones de iluminación en los centros de trabajo. NORMA Oficial Mexicana
NOM-015-STPS-2001, Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de
seguridad e higiene. NORMA Oficial
Mexicana NOM-024-STPS 2001, Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en
los centros de trabajo.
En términos legales debemos parafrasear primeramente las
legislaciones emanadas directamente del gobierno federal. Actualmente en el artículo
42 del reglamento de seguridad y salud en el trabajo se establecen los puntos generales
sobre la gestión de los riesgos ergonómicos en el trabajo; parafraseando el artículo,
este nos habla sobre la obligación de los patrones sobre contar con un análisis
de los factores de riesgo ergonómico, establecer medidas preventivas para la
mitigación de los mismos, tomando en cuenta las instalaciones, maquinaria y
equipo así como las herramientas del centro de trabajo; es aquí donde se deja
ver el enfoque en la ergonomía ambiental.
También nos habla el mismo artículo sobre la capacitación y
adiestramiento de la población ocupacionalmente expuesta y sobre la
comunicación de los factores de riesgo a los que estén expuestos con motivo de su
trabajo.
Estas obligaciones mencionadas en el artículo 42 son bastante
parecidas a las establecidas en la NOM 036 STPS 2018, en esta norma establece
que los patrones deberán contar con un análisis de los riesgos ergonómicos y
además proporciona una herramienta para su evaluación, además describe la
obligación de contar con medidas de prevención y de control así como efectuar
la vigilancia activa de la salud de la población ocupacionalmente expuesta;
esta última efectuada por un profesional médico que proporcione el seguimiento a
los estudios y aporte datos estadísticos que nos permitan determinar si las
medidas de control están siendo efectivas.
De acuerdo con la NOM 036 STPS 2018 los factores de riesgo ergonómico son aquéllos que pueden conllevar
sobre esfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el
trabajo desarrollado, con la consecuente fatiga, errores, accidentes y
enfermedades de trabajo, derivado del diseño de las instalaciones, maquinaria,
equipo, herramientas o puesto de trabajo.
La Secretaría de Trabajo y previsión social tiene como misión
fortalecer la política laboral, a partir de cuatro ejes rectores dirigidos a
lograr que los mexicanos tengan acceso a empleos formales y de calidad, con
prestaciones y derechos plenos, a través de la democratización de la
productividad, la plena salvaguarda de sus derechos y el de las personas en
situación de vulnerabilidad, además de que asegure el acceso a la justicia
laboral. En calidad de autoridad de seguridad y salud en el trabajo emite
normas que estén alineadas a esta misión.
Actualmente solo existe una norma de ergonomía publicada, la NOM-036-1-STPS-2018,
Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis,
prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas. Esta norma tiene como
objetivo que las empresas promuevan las medidas de control para la gestión de
los riesgos derivados por las cargas manuales.
CONCLUSIONES.
El
objetivo de la evaluación de los riesgos ergonómicos es la prevención de los trastornos
musculoesqueléticos que está definido por la STPS como aquella
lesión y enfermedad del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo causadas
por la exposición laboral a factores de riesgo ergonómico.
Sin duda en términos legales en
México aún queda mucho por establecer para la gestión de los riesgos
ergonómicos, sin embargo, el profesional de seguridad y salud en el trabajo
deberá alinear el marco legal aplicable hacía las tendencias internacionales y establecer
medidas de control con sustento científico utilizando referencias técnicas que
permitan alcanzar los objetivos del sistema de gestión de SST.
En 2021 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Seguridad y Salud en el Trabajo publicó a través de la página oficial del
gobierno federal, que estaría trabajando en la formación del grupo de trabajo
para la creación de la NOM-036-2-STPS-2021, Factores de riesgo ergonómico -
Identificación, prevención y seguimiento, sin embargo, actualmente solo se
encuentra como anteproyecto.
BIBLIOGRAFÍA.
2018 - Universidad de Atacama - Copayapu
485 - Copiapó – Chile. Historia de la Ergonomía: Una disciplina científica en
evolución
http://www.salud.uda.cl/ergonomia/historia-de-la-ergonomia/
Mujica M. Irene enero
2019. Las perspectivas de la Ergonomía en México
https://www.seguridad-laboral.es/sl-latam/las-perspectivas-de-la-ergonomia-en-mexico_20190103.html
DOF. 03 de noviembre
de 2018. NORMA Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo
ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte
1: Manejo manual de cargas.
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5544579&fecha=23/11/2018#gsc.tab=0
DOF. Instituto
Nacional de Desarrollo Social. 12 de septiembre de 2016.
https://www.gob.mx/indesol/documentos/reglamento-federal-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo
Laurin W., Vedder J.
Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Capítulo 29 Ergonomía
Herramientas y Enfoques.
https://www.insst.es/documents/94886/161958/Cap%C3%ADtulo+29.+Ergonom%C3%ADa
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