Rubén Valencia Pedraza
Maestria de seguridad y salud en el trabajo |
universidad ducens
31 de octubre de 2022
RESUMEN DE LAS OBLIGACIONES DE LOS
PATRONES Y LOS TRABAJADORES EN MÉXICO RESPECTO A LA SST.
INTRODUCCIÓN
Como preámbulo del resumen que desarrollaremos a continuación
es importante establecer que el marco jurídico en materia de salud y seguridad
ha sido el resultado de siglos de desarrollo industrial, de lucha por los
derechos laborales y de investigación ardua en materia de riesgo. El principal
objetivo del marco legal y regulatorio es proporcionar un estado de derecho
tanto a los empleadores como a los trabajadores que prestan sus servicios, a su
vez, establecer las bases para que se ofrezcan trabajos dignos y decentes como
lo menciona la OIT y sobre todo en materia de seguridad y salud, establecer las
medidas de prevención mínimas a cumplir para la gestión de los riesgos en un
centro de trabajo.
Cabe resaltar que es importante reconocer y comprender el
alcance del marco jurídico nacional en sus distintos niveles, su correcta
interpretación y aplicación proporcionará entornos seguros de trabajo y un
estado de conformidad legal para que se eviten sanciones de las autoridades.
Por otro lado, dicha interpretación implica que se interprete el marco legal de
forma conjunta, ya que las leyes, normas y reglamentos guardan una relación
entre sí.
El responsable de Seguridad y salud en el trabajo designado
por el patrón, o el propio patrón en su figura jurídica deberá mantenerse
informado de los cambios en el marco legal.
Antes de entrar en materia de lo establecido por la Ley
Federal del Trabajo es importante establecer que la CPEUM designa en su
artículo 123 las principales obligaciones y derechos tanto de los trabajadores
como de los empleadores, describiendo lo siguiente:
ART.123 CPEUM: todos los ciudadanos mexicanos
tienen derecho a un trabajo digno y socialmente útil.
En los apartados A y B se establecen los derechos y
obligaciones principales, estos engloban aspectos de la jornada laboral, el
salario, las prestaciones y los derechos sindicales, aunque en materia de
seguridad explícitamente se expresa:
Art. 123 CPEUM Fracción A.
XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la
naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad
en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas
para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales
de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor
garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la
concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán, al
efecto, las sanciones procedentes en cada caso; Fracción
reformada DOF 31-12-1974
Este artículo brinda las bases jurídicas de todas las leyes,
reglamentos y normas relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo.
Describiremos a continuación las generalidades de la Ley
Federal del Trabajo y el Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo respecto
a la salud y seguridad. Al tratarse de un resumen dejaremos de lado la opinión,
sin embargo, podríamos realizar breves análisis en el transcurso del texto con
el objetivo de esquematizar su aplicabilidad en los sistemas de gestión de la
SST. En México.
Realizaremos un resumen de los fragmentos de la LFT que
hablan de las diferentes obligaciones de los trabajadores y los patrones, siendo
estos fragmentos sustraídos de la versión actual publicada en el DOF el 18 de
mayo de 2022. Mismo resumen que se hace con fines de estudio y se deja a manera
de consulta para quien se encuentre interesado en el conocimiento de dicha
materia.
OBLIGACIONES DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
La ley federal del trabajo fue promulgada por primera vez el
1° de abril de 1970 y su última reforma fue publicada el pasado 18 de mayo de
2022.
Esta ley establece en su artículo 1 que, es
de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo
comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución.
Esto significa, como lo hemos descrito
anteriormente que esta ley emana directamente de la carta magna y por lo tanto
es obligatoria para todo el territorio nacional.
En el presente apartado repasaremos aquellas
fracciones de la LFT referentes a las obligaciones del patrón y de los
empleados, en el TÍTULO CUARTO de dicha ley se establecen propiamente las
obligaciones de los trabajadores y patrones, sin embargo, para llegar hasta ese
punto será importante repasar también los elementos relacionados con la
seguridad y salud que se describen en otros apartados.
Por lo anterior, respetaremos el orden de
estructura de la LFT y comenzaremos por los capítulos anteriores al TÍTULO
CUARTO.
CAPITULO II Duración de las relaciones de trabajo
Artículo
39-A. Durante el período de prueba el trabajador disfrutará del salario, la
garantía de la seguridad social y de las prestaciones de la categoría o puesto
que desempeñe.
Es decir, el trabajador tiene el derecho a los
servicios de salud en todo momento aún, cuando no sea empleado de planta.
CAPITULO III Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
Artículo
42, Son causas de
suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el
salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
II. La incapacidad temporal ocasionada
por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
CAPITULO IV Rescisión de las relaciones de trabajo
En este capítulo se enlistan varias
obligaciones de los trabajadores, su incumplimiento acredita de forma directa
la rescisión de las relaciones de trabajo:
Artículo
47.- Son causas de rescisión
de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
VII.
Comprometer el trabajador, la seguridad del establecimiento o de las personas
que se encuentren en él;
La siguiente fracción declara explícitamente la
obligación del trabajador en adoptar y seguir las medidas preventivas de la SST
XII.
Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los
procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades;
XIII.
Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la
influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último
caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador
deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción
suscrita por el médico;
Artículo
51.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad
para el trabajador:
II. Incurrir
el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del
servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas,
injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos,
en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;
Si bien en este artículo (51) no se mencionan
obligaciones directamente hacía la seguridad y salud en el trabajo, toma fuerza
si consideramos la identificación de riesgos psicosociales de la NOM 035 STPS
2018.
La siguiente fracción del mismo artículo la
resaltaremos en negritas al tratarse de una obligación directamente descrita
hacia las condiciones de seguridad y salud en el trabajo por parte del patrón:
VII. La existencia de un peligro grave para la
seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de
condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas
preventivas y de seguridad que las leyes establezcan;
VIII. Comprometer el patrón, con su imprudencia
o descuido inexcusables, la seguridad del establecimiento o de las personas que
se encuentren en él
CAPITULO
II Jornada de trabajo
Artículo 65.- En los casos de siniestro o
riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del
patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá
prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males.
TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
CAPITULO I Obligaciones de los patrones
Artículo 132: Son obligaciones del patrón:
I Cumplir las disposiciones de las normas de
trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos.
La fracción anteriormente descrita brinda
certidumbre jurídica a todas las normas aplicables en materia se salud y
seguridad de las diferentes secretarias, en este caso, específicamente de la
STPS.
XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores,
XVII.
Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad,
salud y medio ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los
medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y
eficazmente los primeros auxilios;
XVIII. Fijar
y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes
de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud
y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos
colectivos de trabajo que rijan en la empresa; asimismo, se deberá difundir a
los trabajadores la información sobre los riesgos y peligros a los que están
expuestos;
La LFT también describe las obligaciones del
patrón de acuerdo con la ocurrencia de una eventual pandemia:
XIX Bis. Cumplir con las disposiciones que en
caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, así como
proporcionar a sus trabajadores los elementos que señale dicha autoridad, para
prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria;
La LFT estipula como lo describe en el inciso
XXVIII la obligación del patrón para las comisiones, en este caso nos podemos
referir a la NOM 019 STPS Constitución, integración, organización y
funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.
XXVIII.- Participar en la integración y
funcionamiento de las Comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo,
de acuerdo con lo establecido por esta Ley
CAPITULO
II Obligaciones de los trabajadores
Dentro del marco jurídico de la LFT a toda
obligación del patrón debe corresponder una obligación del trabajador, ya que
esta funciona de forma bipartita, tanto trabajadores como empleadores deben
trabajar en conjunto para que las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo se cumplan, por ello la LFT dedica 1 capítulo para las obligaciones de
los trabajadores, siendo el resumen de estas el siguiente:
Artículo 134.- Son obligaciones de los
trabajadores:
II. Observar las disposiciones contenidas en el
reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y
medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su
seguridad y protección personal;
VIII.- Prestar auxilios en cualquier tiempo que
se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o
los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo
Igualmente es obligación de las y los
trabajadores cumplir con los controles de salud que se establezcan por el
profesional designado por la empresa, esto con el objetivo de comprobar las
condiciones de salud satisfactorias para el desempeño de sus tareas y no por un
motivo de discriminación. Así lo expresa en el siguiente apartado:
X.- Someterse a los reconocimientos médicos
previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o
establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad
de trabajo, contagiosa o incurable;
XI. Poner en conocimiento del patrón las
enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de
estas;
Dentro del mismo título se establece
prohibición explicita en cometer actos inseguros que comprometan la integridad
o seguridad propias o de terceros:
Artículo 135.- Queda prohibido a los trabajadores:
I. Ejecutar cualquier acto que pueda
poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de
terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el
trabajo se desempeñe;
CONCLUSIONES.
Después de haber revisado de forma general la LFT podemos
establecer que todo el marco legislativo a nivel nacional funciona en conjunto, es
importante comprender su aplicación e interpretarlo con sus interrelaciones
para que se ejerza de forma correcta y brinde certidumbre tanto a los
empleadores como a los empleados.
Derivado
de la LTF podemos encontrar el reglamento de seguridad y salud en el trabajo,
cuyo objetivo es establecer explícitamente cuales son las bases de la SST en el
trabajo, las obligaciones patronales, las del trabajador y cuales serán las
condiciones de seguridad que deberá cumplir cualquier centro de trabajo.
BIBLIOGRAFÍA.
LEY
FEDERAL DEL TRABAJO, 2022.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2014.
Diario Oficial de la Federación.
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